El novio de Ayuso, pa’ lante: la Audiencia de Madrid confirma su procesamiento.
Alberto González Amador será juzgado por dos delitos de fraude fiscal y falsedad documental.

Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, va pa’ lante, utilizando los términos que gusta utilizar a su amigo y defensor Miguel Ángel Rodríguez, perceptor de un salario público como jefe de Gabinete de la líder autonómica.
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado este viernes el procesamiento de la pareja de Isabel Díaz Ayuso por dos delitos de fraude fiscal y otro de falsificación documental.
La Sección Tercera confirma así la decisión tomada por la magistrada de instrucción, que propuso se juzgase al delincuente confeso.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado piden 3 años y 9 meses de cárcel para González Amador por la comisión de estos delitos.
No obstante, estas condenas solicitadas por ambas instituciones tan solo se circunscriben a la pieza principal del caso.
El novio de Ayuso está pendiente también de otra causa abierta por el mismo Tribunal de Instrucción por corrupción en los negocios y administración desleal, delitos atribuidos por la compra de una sociedad que podría encubrir pagos encubiertos por la comisión de los contratos de mascarillas.
Los magistrados de la Sección Tercera han desestimado así el recurso de apelación interpuesto por González Amador y de Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos Sociedad para el fomento del Medioambiente S.L., contra el auto de procedimiento abreviado dictado el pasado mayo por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid.
En el recurso se solicitaba la nulidad de dicha resolución en el que la anterior magistrada acordaba continuar la causa por los trámites del procedimiento, paso previo a la apertura de juicio oral que ya se dictó.
La defensa alegaba que dicha fase del procedimiento penal se ha llevado a cabo “sin permitir a dicha parte recurrente la práctica de ninguna de las diligencias de investigación interesadas en tiempo y forma, entendiendo que con ello se han eliminado sus derechos fundamentales de defensa y a la tutela judicial efectiva, reconocidos en el artículo 24 de la Constitución Española”.
No obstante, la Sala recuerda el auto por el que ya se denegó la práctica de determinadas diligencias de investigación solicitadas por los recurrentes, entre ellas las declaraciones de testigos y la ratificación pericial de un informe tributario presentado de forma extemporánea.
Según la resolución, las pruebas solicitadas “no resultan estrictamente necesarias ni útiles para esclarecer los hechos objeto de investigación”. Asimismo, se recuerda que el investigado González Amador, quien se acogió a su derecho a no declarar en febrero, manifestó su disposición a volver a declarar una vez resuelto el recurso relacionado con la pieza separada de esta causa, aunque finalmente no solicitó declarar nuevamente en la presente causa.
“En base a lo expuesto, denegada la práctica de las diligencias de investigación interesadas por la parte recurrente, procede desestimar el recurso de apelación interpuesto contra el Auto de Procedimiento Abreviado con la consiguiente confirmación de dicha resolución al haber concluido la fase de instrucción”, concluye el auto.
Cronología del caso.
El origen de este caso se remonta a 2022, cuando Hacienda concluyó que González Amador había defraudado al fisco 350.910 euros en 15 facturas falsas.
La tormenta política vino después, en marzo de 2024, cuando se filtró la denuncia de la Fiscalía y todo el vendaval que vino a continuación.
El empresario ha sido protagonista de este caso, que ha trascendido significativamente en la prensa y en la sociedad española.
La jueza Iglesias le procesó el 28 de mayo de este año por el primero de los dos procedimientos, y el 21 de julio desestimó un primer recurso de Amador contra esa decisión y le respondió que existen indicios claros contra él, dándole cinco días para presentar este recurso de apelación ante la Audiencia.
El empresario justificaba que Iglesias no había tenido en cuenta varias pruebas solicitadas, entre ellas la declaración de dos testigos y un informe pericial.
Amador aseguraba que no tenía intención de defraudar cuando presentó las facturas que Hacienda valoró como falsas en las declaraciones del impuesto de sociedades de los ejercicios 2020 y 2021.
Sus abogados argumentaban que el auto de procesamiento, dictado sin haber admitido ninguna de las diligencias de defensa, podía suponer una vulneración de sus derechos fundamentales.
No obstante, la decisión fue firme y y ya no cabe recurso, por lo que tendrá que sentarse en el banquillo, con riesgo de poder terminar en la cárcel.
En septiembre, la magistrada Carmen Rodríguez-Medel elevó un auto en el que pedía que se le juzgara por fraude fiscal y falsedad documental, los dos delitos por los que ha sido procesado ahora, pero también por los tipos penales de delito contable continuado y pertenencia a organización criminal.
Estos dos últimos delitos fueron solicitados en sus escritos de acusación por PSOE y Más Madrid, que son parte en este proceso como acusación popular, pero no por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
Estos dos organismos han pedido los citados tres años y nueve meses de cárcel para el novio de la presidenta madrileña, que se enfrenta, además, a otra investigación por corrupción en los negocios.
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